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Tarifas ilegales en el mercado de hipotecas

Las tarifas cobradas por una hipoteca y otros de sus costos han crecido significativamente en años recientes. En la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor nos hemos enfocado en saber cómo estos costos afectan las posibilidades de la gente de comprar una vivienda, así como a los presupuestos de los hogares. Y los costos para los propietarios también aumentan si las compañías de la industria hipotecaria pueden engordar sus ganancias con ilegales tarifas inesperadas. En la CFPB estamos trabajando para combatir esta proliferación de tarifas inesperadas en los mercados financieros del consumidor, y para asegurarnos de que las compañías hipotecarias no carguen tarifas ilegales.

Nosotros en la CFPB somos los principales encargados de hacer cumplir la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés). Estamos comprometidos a proteger a los consumidores de aquellos cobradores que violen la ley, incluyendo a los administradores que actúen como cobradores y que deban cumplir las mismas normas que los demás cuando lo hagan. Como ya hemos declarado (en inglés), la FDCPA les prohíbe a los cobradores cobrarles tarifas por adelantado a los prestatarios, que éstos no hayan acordado con antelación, a menos que el Congreso o algún estado, promulguen una ley que expresamente lo permita.

La CFPB y la Comisión Federal de Comercio, la cual comparte con nosotros la responsabilidad de ejercer la FDCPA, descubrieron que existe una compañía de administración de hipotecas que se encuentra discutiendo en corte su potestad para cobrarles tarifas a la gente que pague su hipoteca online o por teléfono, en vez de enviarle un cheque por correo, a pesar de que los prestatarios no hayan aceptado las mismas al momento en que tomaron sus préstamos, y no existe ninguna ley que expresamente las permita. Esto no es correcto, y por ello, hemos introducido un escrito amicus curiae ante la Corte Nacional de Apelaciones del Decimoprimer Circuito, para asegurarnos de que el público pueda exigirles cuentas a aquellos cobradores que estén cubiertos por la ley y cobren tarifas prohibidas en ella.

En este caso en particular, la empresa Ocwen Loan Servicing les cobró a dos prestatarios de hipotecas, en docenas de ocasiones, tarifas “por conveniencia” que iban de $7,50 a $12, por pagos que estos hicieron online o por teléfono. Cuando estos prestatarios descubrieron que estas tarifas eran ilegales, cada uno de ellos demandó por separado a Ocwen, para hacerle rendir cuentas. Entre otras cosas, Ocwen alega que las protecciones establecidas por la FDCPA no aplican sobre este tipo de tarifas. La empresa también afirma que debería tener derecho a cobrarlas dado que la gente acuerda pagarlas, al momento en que deben hacer sus pagos recurrentes.

Ocwen está equivocada. Tal y como explica el escrito amicus curiae que hemos introducido junto a la FTC, la FDPCA aplica sobre todas las tarifas relacionadas al cobre de deudas. Solamente pueden cobrarse aquellas tarifas que hayan sido acordadas al momento en que la persona tomó el préstamo, o que sean expresamente permitidas por alguna ley. Muchos tribunales ya han reafirmado esta clara interpretación de la ley, y esto refleja la intención que tuvo el Congreso al promulgar la Ley.

En la CFPB, continuaremos haciendo todo lo que esté a nuestro alcance dentro de la ley para asegurarnos de que las tarifas inesperadas no eleven los precios dentro del mercado financiero de consumo.

El caso referido es Glover y Booze vs. Ocwen Loan Servicing, LLC, Nos. 23-1257-J, 23-12579-H (11th Cir.).

Lea el escrito amicus curiae conjunto de la CFPB y la FTC (en inglés).

Si tiene problemas con la administración de su hipoteca, puede enviarnos una queja.

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